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CABALLERO DE LA CORONA DE HIERRO, MIEMBRO DEL
INSTITUTO IMPERIAL Y REAL DE LAS CIENCIAS, &c.

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PROLOGO DEL TRADUCTOR.

La obra que presento traducida, no es una obra de circunstancias, si bien tiene todo el mérito de la oportunidad á vista de los esfuerzos que actualmente hace el ultramontanismo por reproducir sus doctrinas, y fortificar sus pretensiones en todos los estados católicos del continente europeo, y de la conducta observada por la curia romana respecto de los de América, que a favor de los trastornos acaecidos de diez y siete años á esta parte, han conquistado su independencia despues de tres siglos de vergonzosa esclavitud.

Cosa singular es que el mismo celo hipócrita de religion que sirvió de pretexto á su conquista, se quiera emplear ahora para volver á anudar los eslabones de una cadena, rota por la mano hercúlea de la ilustracion, y sacudida por los generosos esfuerzos de los que disgustadamente la llevaban. Y no dejará de parecer extraño á los poco versados en la historia eclesiástica, y con especialidad de la curia romaną, que lejos de atender esta á los clamores y demandas religiosas

de unos pueblos siempre fieles á la ley de Jesucristo, no obstante las bárbaras atrocidades que á nombre de esta misma religion han cometido en ellos sus opresores; no solo haya desoido sus súplicas, sino repelido á los que venian á presentárselas, y tratado de mezclarse secreta y públicamente en sus diferencias políticas con ánimo de reducirlos nuevamente á la antigua dominacion.

A esto termina la encíclica de S. S. Leon XII, dirigida con fecha de 24 de setiembre del año último á todos los RR. obispos y arzobispos de la América que fue española. Instado Jesucristo por dos hermanos á entender como árbitro en la particion de su herencia, respondió que no tenia autoridad para ello, con una especie de extrañeza encaminada sin duda á dar á conocer mas notablemente, que su jurisdiccion y facultades no se ejercitaban sobre cosas materiales y mundanas, sino sobre las espirituales y celestes. ¿ Quis me constituit judicem aut divisorem super vos? Con todo, el papa, que no tiene seguramente la plenitud de poder del divino fundador de la iglesia, quiere intervenir sin ser rogado, espontáneamente y de propia autoridad, motu proprio, no ya en una causa oscura y particular, en una cuestion de familia, sino en una causa importante y grandiosa sobre los mayores y mas caros intereses temporales, en que se producen de una parte los títulos primitivos de la libertad y la justicia, nunca perdidos por el linage

humano, y se alegan de la otra los del poder y la conquista, que caducan y perecen con la fuerza que los da y los sostiene. Y ya se ve, la decision del pontífice no podia ser dudosa entre la independencia y la opresion, entre los nuevos gobiernos libres de la América del Sur, y el gobierno absoluto de Fernando VII: la razon y la justicia debian estar á favor de su amado hijo el rey católico de las Españas. Sin embargo, el mismo santo padre, once meses antes, cuando este rey católico gobernaba constitucionalmente las Españas, habia reconocido en cierto modo y echado su apostólica bendicion á la independencia americana en la persona de D. Ramon Freire, supremo director de la república de Chile, enviándole un nuncio con sus correspondientes credenciales, y una carta dada en Santa Maria la mayor á 3 de octubre de 1823.

Tal ha sido siempre el juego de la política romana despues de muchos siglos en casos de igual ó parecida naturaleza. Citaré por ejemplo el de Inocencio III con Juan, rey de Inglaterra, generalmente reconocido bajo el oportuno apodo de Juan sin tierra. Mientras este débil y desacordado monarca sostenia contra las agresiones pontificias los derechos de su corona y las libertades de las iglesias de su reino; el papa le descomulgó y depuso, y armó contra él á sus mismos súbditos, absolviéndolos del juramento de fidelidad. Pero cuando le tuvo sumiso y degradado hasta la vileza de constituirse y declararse vasallo y feudata

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