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en la curia episcopal (lib. VI. notul. fol. 44). Afines de ese año se trató de trasladar å este Prelado al arzobispado de Monreal en Sicilia. Por lo menos túvose acá por cierto esta noticia, y en su consecuencia los jurados pidieron al Papa con fecha de 30 de enero de 1331, que cuando se verificase dicha traslacion nombrase por Obispo de Gerona ȧ Jazperto Folcrandi, Sacrista de esta iglesia y Dean de la de Lérida, que otras veces habia sido propuesto para Obispo. Era efectivamente un varon insigne, y su sepulcro está en el claustro á la parte de poniente. Como quiera que sea, la traslacion no se verificó, y el mismo año en los capitulos pascuales hallamos al Obispo Gaston ordenando muchas constituciones para el órden interior de la canónica, entre otras quod omnes Prelati, canonici, presbiteri et clerici de Capitulo possint eligere sepulturam in solo claustri, in quo possint facere......., sepulturas planas.

En octubre de ese mismo año escribió el Rey á la ciudad y Obispo, avisándoles la entrada que habian hecho los moros del reino de Granada en el de Valencia por la parte de Orihuela, donde habian llegado á apoderarse de Guardamar, pidiéndoles en consecuencia la hueste acostumbrada con víveres para cuatro

meses. Otras cartas hay de los jurados de Lorca en los años inmediatos, pidiendo auxilio para la construccion de algunas torres en aquella frontera. El Obispo permitió la questacion por todo el obispado.

Otra guerra sufria al mismo tiempo esta ciudad é iglesia, que fué la vigorosa y bien dirigida pretension de catedralidad que tuvieron los de Castellon de Empurias, sostenida por el Conde D. Pedro. De esto se hablará otro dia. Entretanto sepas que la ciudad, Obispo y Capítulo enviaron al Rey por embajador al canónigo Arnaldo de Monrodó, y otros embajadores al Papa, que habia consentido en la restauracion de aquella silla, con solo que el Rey viniese en ello. Alegáronse varios motivos justos, y entre ellos que la nueva curia de Empurias estaria á devocion del Conde, lo cual podia ser perjudicial á los intereses del Rey. Este mismo inconveniente hallaban los jurados en el medio que pensó él Obispo para acallar al Conde, que fué poner un oficialato en Castellon. Esto pasaba en 1332. Sábese por los efectos, que la pre tension no pasó adelante. A 31 de julio del mismo año, estando el Rey en Valencia es cribió á nuestro Obispo, que pusiese reme dio en el abuso con que muchos se substraian

de la jurisdiccion real con título de tonsurados.

En el año siguiente 1535 hubo gran carestia de víveres en este pais, y como verás en el cronicon remitido, se llamó en los siglos siguientes lo any de la fam. Entre varias disposiciones políticas se tomaron algunas religiosas; entre otras la de que nullus juraret per corpus, caput et jecur Dei aut alia membra Corporis Jesuchristi, so penas muy graves, y encargaron los jurados muy particularmente á los religiosos de San Francisco que predicasen contra ese abuso, que acarreaba la ira de Dios. De esto hay varias memorias en los manuales de la ciudad de ese año.

Poco mas sobrevió nuestro Prelado, de quien quedan algunas noticias en los primeros meses de 1334 (Cartoral de la Catedral, fols. 45 y 292). Murió en su palacio al amanecer del viernes dia 12 de agosto de 1334 (Lib. VIII. Not. cur. episc., fol. 50 b.), tan pobre, que hubo gran trabajo en poder cobrar la iglesia la capella que le correspondia de su pontificado. Está enterrado en su nicho del claustro, junto à la puerta por donde se sale á á él desde la iglesia, con este letrero: Hic iacet nobilis vir Dominus Gasto de Montechateno, illustris Domina Elicsendis Reginæ Aragon.

frater, qui ex provisione Sanctissimi Domini Johannis Papa XXII, cujus erat familiaris capellanus et comensalis de episcopatu Oscensi, translatus fuit ad hanc Gerundem, ecclesiam in Episcopum et Pastorem. Obiit autem pridie idus augusti anno Domini millesimo CCC. XXX. IIII, cujus anima requiescat in pace. Amen.

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DE DOCUMENTOS.

I.

Notitia judicati super villam de Bascara in favorem ecclesia Gerundensis. (Vid. pág. 11.)

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Ex Lib. virid. Capit. Gerunden. fol. LI. collat. cum Capitul. Reg. Franc. ap. Baluz. app. num XXXIV: et cum Dorca Hist. SS. MM. Gerund. pag. 314.

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Condiciones sacramentorum atque exordinationes de missos gloriosissimos Domino nostro Lodovico Imperatore Nifridius Gerundensis Episcopus Christianeritem Episcopum seu et Judices qui jussi sunt de ipsos missos dirimere causas, id est, Atroarius, Cirella, Adaulfus, Calbus, Provatius, Sculpiliarius, et Romulus seu et Magnentio, Salone vel in præsentia aliorum multorum hominum qui cum ipsis ibidem aderant, juraverunt testes prolati quos profert advocatus Wadarilico Episcopo id est vicarius dicens in fatiem Godaldi pro causa unde intentio vertebatur in testes. Hæc sunt nomina testium qui jurare debent et jurant, id est, Argemirus, Vitales, Cavatus, Valerius, Maurilio, Auripino, Segontio, et Eondesindo qui juraverunt: dicimus per Deum Patrem Omnipotentem et per Jhesum Christum filium eius et per Spiritum Sanctum qui est in Trinitate unus et verus et ad locum venerationis Sancti Andreæ quæ fundata est in villa Borraciano in territorio Bisuldunense super cuius, sacrosanctum altare has condiciones manibus nostris continemus vel jurau“

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