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23 del agosto inmediato en que hizo un establecimiento, al fin del cual dice el notario que el Obispo morte præventus subscribere non potuit (Cartor. de Carlo Magno, pág. 408): no porque muriese ese dia, porque la enfermedad le duró hasta el martes 26 de setiembre en que falleció, como consta del decreto de eleccion del sucesor. Tiene su sepulcro, como se dijo, colateral al de su tio en la pared de la capilla de San Bernardo: su inscripcion está cortada, y en términos de no servir, merced á la pésima calidad de piedra en que la entallaron. De ella consta que murió en 1318. El dia lo fijan los necrologios. Los Episcopologios cuentan de él que fué enviado al cónclave de Cardenales para pacificarlos en la eleccion de Papa sucesor de Clemente V; mas no habiendo este fallecido hasta el abril de 1314, no pudo haber motivo para tal viage en 1313, , que dicen

estos catálogos.

El sucesor fué

PEDRO DE ROCABERTI

de 1318 á 1324.

Hijo de Dalmacio, Vizconde de Rocaberti, y hermano de D. Guillermo, Arzobispo de

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Tarragona. Era ya canónigo de esta iglesia en 1304, en que se le concedió la presencia para estudiar en una universidad por tres años. Todavia no era diácono al tiempo de la visita que hizo en esta iglesia su hermano, como ya dige, y fué uno de los mandados recibir aquel órden correspondiente al canonicato. A pesar de las dos provisiones antecedentes de Obispos, el nuestro fué electo por compromiso pridie idus octobris 1318, no esperando ni llamando á los canónigos ausentes por el peligro de alargar la vacante, á causa de las guerras que traian los hombres de la Bisbal con los del Conde de Empurias. Asi se expresa en el decreto original de esta eleccion, que está en Tarragona. Presto obediencia canónica á D. Gimeno, Arzobispo, nono decimo kal. februarii de 1318 (1319) super altare Beata Tecla, siendo testigos Fr. Guillermo, Obispo de Lérida, y Berenguer de Tortosa. Antes de esto tenia ya espedido un decreto contra las exacciones del Conde de Empurias Magaulino (Lib. verde, fol. 82 b.) En este punto y otros de la inmunidad eclesiástica mostró gran celo y teson este Prelado. El año 1319 se halló en los capítulos pascuales, en que se hizo la constitucion sobre opcion de casas canonicales. Item: or

denó que los oficios de portero, cocinero, refitolero y dormitorero fuesen eregidos en beneficios eclesiásticos (Lib. verde, fol. 141 b.) Dos años despues mandó lo mismo respecto del hospitalero y los tres manats (mandatarii). Con esto abolió casi del todo la práctica del monacato exterior en esta iglesia. En los capítulos generales de 1320 mandó que cierta porcion de cirios destinados para arder en las rejas del altar mayor en las principales solemnidades del año, se guardase para la del Corpus y su procesion, que se hacia en el claustro, y por la mañana antes de sexta, y acaso antes de la misa mayor. Y asi dice la constitucion (ibid. fol. 127 b.): Ardeant quousque misa major et meridies sit finita. Llamaban aquí meridies, y con propiedad la hora canónica que ahora decimos sexta. Que en esta procesion se llevaba patente el Cuerpo del Señor consta de otra ordenacion del mismo Obispo en 1321, en que resolvió se hiciese una custodia quæ fiat pulcra ad portandum Corpus Dni. nri. Jesuchristi die festi Corporis ejusdem. Así está en las Actas Capitulares de ese año, donde se hallaran otras constituciones suyas; v. g., que el portero del Capítulo cerrase su puerta luego que comenzase la Pretiosa que se decia en él to

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dos los dias. Item: que todos los individuos de esta iglesia asistiesen al coro con capas negras desde Todos Santos hasta Pascua, y

los que no las llevaren no pudiesen sentarse sino en las sillas bajas del coro, y en las procesiones fuesen los primeros separados de los otros para evitar la deformidad de la mezcla de vestidos. Esta constitucion pudo servir de norma á la que hácia la mitad del mismo siglo se estableció en un concilio provincial de Tarragona.

El padre Diago (Hist. de la prov. de Arag. ord. de Pred., fol. 28) dice de nuestro Obis po, que junto con el Inquisidor de Aragon Fr. Arnaldo Burguet, condenó como herege relapso á Pedro Durando de Baldach, Gerundense. Promulgóse la sentencia dia 12 de ju lio de 1321 delante de la escalera de la puerta mayor de la Catedral, en presencia del Rey D. Jaime II, de sus hijos, y de los Obis pos de Valencia y Tortosa, y muchos Abades; y luego fué entregado el reo al brazo secular. Del 1322 queda un decreto que expidió sobre clausura de las monjas de San Daniel. Tambien mandó el mismo año que la fiesta de la Dedicacion de Santa Maria de Camprodon, que hasta allí se celebraba el dia 12 de noviembre, se hiciese en

la dominica inmediata á San Martin.

A este tenor hay algunas otras noticias del Obispo Pedro. Los Episcopologios suponen que de su tiempo es la translacion de las religiosas de Santa Clara de Castellon de Empurias a esta ciudad, ó nueva fundacion de esta órden. Lo que puedo decir es que en va rias cartas que hay en los manuales de la ciudad de los años 1531 y siguientes, no hay mencion de tal translacion, y se habla con frecuencia, no solo del edificio material, sino de la formacion interior; y en una de ellas se pide por Abadesa, y á lo que indica la prime ra, á Sor Geralda Escartera, Abadesa de les Menoretes de Vilafranca. A fines del año 1325 pasó por esta ciudad Fr. G., Obispo Sabinense, regresando á la curia pontificia de su legacía en Castilla. En el libro III de Not., en la curia episcopal, he visto escritura sobre el pago de sus dietas. Sospecho que este Legado sea el Guillermus Petri, Cardenal, á quien siete ú ocho años despues escribia esta ciudad sobre la catedralidad de Castellon de Empurias.

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Nuestro Obispo vivió hasta fines de 1524. Su testamento está fecho á 7 de las calendas de marzo del mismo año á que corresponde el 1525 que pone la escritura. Vivia aun á 6 de

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