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ta el precepto general de S. Pio V quedó al arbitrio del sacerdote; pero no me acuerdo haber visto que se dexase á su discrecion el decirlo antes ó despues de la bendicion. En el ordinario de 1527, de que ya di noticia, se manda que en la misa seca que se celebraba para la bendicion del exército que se habia de embarcar, se diga el evangelio último antes de la bendicion. Y en los códices del siglo xv se nota en alguna fiesta otro evangelio para el fin de la misa; ahora no me ocurre quál es : vamos á

otra cosa.

Me tomo esta libertad de ir escribiendo lo que me viene á la memoria, por no verme luego burlado de ella, confiando que lo diminuto se extenderá en nuestra obra, y los descuidos quedarán enmendados con tu lectura. Y pues en este punto se me ofrece lo que hay aquí en órden á los cementerios, debo advertir que cada parroquia tiene el suyo separado del templo, aunque no tan próximo á él, como supone el ritual que ya dixe, escrito en el pontificado de Eugenio IV; en el qual, ademas de mandarse que celebrado el funeral en la Iglesia saquen el cadáver al cementerio, se previene que se hagan en él procesiones pro

defunctis, á lo que parece semanales, con siete estaciones en cada una de ellas: todo lo qual indica proxîmidad al templo. Tal era el destinado desde el siglo x11 para el entierro de los cofrades de S. Jayme, que estaba pegado á la pared exterior de la capilla, que con esta invocacion hay en la catedral. Llamábanle el fosaret (pequeño cementerio), y era la capillita que hoy se ve frente á la Iglesia de nuestra Señora de los Desamparados. Acaso en el mismo siglo estaba tambien pegado á la pared del templo el cementerio de la parroquial de Santo Tomas. Así lo indica un sepulcro que se halla á la parte exterior de él en la calle del palacio arzobispal á la raiz de la pared. El vulgo cree que enterráron allí vivo á un clérigo por haber quebrantado el sigilo sacramental. Equivocacion grosera nacida de la ignorancia del castigo prescrito por los cánones para este delito, que era (3) la deposicion y reclusion en un monasterio. La verdad es que allí está enterrado un Pedro Desprats, como consta de la inscripcion que se halla sobre el mismo sepulcro en lugar elevado la qual publicó Esclapés en su Historia de Valencia ; mas por estar aquella copia llena de equivocaciones, la pon

dré aquí sin mudar un ápice de su ortogra

fía. Dice así:

I

ANNO DNI MCC XC PMO

VIDELI3 PDIE KLS IVLII OBIIT

PETR9 DE PRATIS CIVIS VALN

7

ORAT OFRATIE SCI IACOBI (a) CV19

AIM REQVIESCAT IN PACE AMEN.

Lo que aquí se lee es lo siguiente: anno Domini 1291 videlicet pridie calendas Julii obiit Petrus de Pratis civis Valentia, septimus confrater confratiæ S. Jacobi, cujus anima requiescat in pace: amen.

El P. Texidor, dominicano, en sus Antigüedades MS. de Valencia da por cosa cierta que en la parte exterior de la Iglesia vieja del convento de predicadores de esta ciudad se encontráron varios sepulcros semejantes al que decimos.

(a) Esta cofradía de S. Jayme se hallaba ya erigida en la catedral de Valencia desde el año 1 246 para los canónigos de ella. En el de

cuyo número era sin duda el que aquí se llama septimus confrater. El qual quiso enterrarse en el cementerio de esta iglesia, acaso por ser su feli

1262 se les permitió que admitiesen cien legos; de gres.

ca,

Con el deseo de perpetuar esta práctiel sínodo del Señor Aliaga, despues de haber encargado mucho que no se hagan sepulturas en el templo, dedicado solamente á Dios y para sepultura de sus santos Martires, y depósito de sus santas reliquias, manda que el cementerio se haga lo mas cerca de la Iglesia que se pudiere ... y si pudiere, sea al lado que corresponde al septentrion (a). Con el esmero de los prelados de esta iglesia en conservar la antigua costumbre, tienen hoy dia los fieles de esta ciudad el consuelo que falta en otras, y aun en la misma corte, de acudir á sus parroquias sin rezelo de ser incomodados con la hediondez que exhalan por lo regular las sepulturas: y aunque las hay en algunas iglesias, son de bóveda, y por lo regular bien cerradas. Mas como los cementerios se hallan casi todos dentro de la ciudad, mezclados con las casas, no logran igualmente la ventaja que disfrutarian si se hallaran separados y fuera de los muros, como está mandado por el gobierno.

(a) Sínodo dioces. Va lent. de 1631 en las advertencias para los edifi

cios y fábricas de los templos. (V. sepulturas y cementerios.)

Esta conversacion sobre los difuntos me trae á la memoria lo prescrito por el misal de 1509, es á saber, que en la feria VI post Oct. Corp. Christi, todas las misas de los clérigos, inclusa la conventual, sean de Requiem, en sufragio de los que acompañasen con antorchas el Viático á los enfermos, ó contribuyesen por qualquier otro medio al mayor culto del SS. Sacramento. (4) Esta ley dice que se impuso in illo sacro concilio Tarraconensi para toda la provincia. Mas como esta Iglesia dexó de ser sufragánea de aquella metrópoli desde el año 1492, en el primer misal que imprimió (á lo que yo creo) despues de su ereccion en metropolitana, renueva este precepto para su nueva provincia. Pues en ese dia se celebra ahora en muchas partes (5) la fiesta del corazon de Jesus, debo advertir que de esta devocion aparecen aquí varias muestras anteriores á la época que supone el P. Juan de Loyola en su Tesoro escondido. El V. poeta Juan Bautista Agnesio, que falleció el año 1553, publicó ocho años antes un breve devocionario del corazon de Jesus, repartido por las horas del oficio divino por no hacer mérito de la justa poética que el año 1456 se habia

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